AIDIMME homologa los embalajes para contener los residuos del Covid-19 procedentes de centros sanitarios
• El Instituto Tecnológico está acreditado para los ensayos de embalajes para materias infecciosas.
• La OMS considera los residuos del coronavirus con peligrosidad de categoría B .
El Instituto Tecnológico AIDIMME está acreditado según norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2017 [1] para la realización de los ensayos necesarios para la aprobación de envases y embalajes para materias de la clase 6.2, es decir, materias infecciosas con peligro para la vida por alto riesgo de contagio.
La cantidad de residuos hospitalarios que se están generando durante la pandemia, como mascarillas, guantes, batas, pantallas, sábanas…, o diverso material médico, como agujas, sondas, o recipientes, entre otros, pueden provocar un contagio por materias infecciosas, especialmente el virus SARS-CoV-2/Covid-19.
Estos residuos deben tratarse con un nivel de seguridad alto, y ser envasados, embalados, marcados, etiquetados, y transportados de forma segura hasta su gestión final de manera que quienes participen en su manipulación y transporte estén totalmente protegidos del riesgo de infección.
Nomenclatura ONU para mercancías peligrosas
Entre las distintas clasificaciones de Naciones Unidas, coordinador de los acuerdos internacionales de transporte, la peligrosidad de residuos del COVID-19 deben asignarse al número ONU 3291 (Categoría B). Los residuos más peligrosos (Categoría A) encajarían en la nueva identificación ONU 3549 aprobada a raíz de los contagios por ébola.
En este sentido, la Organización Mundial de la Salud (OMS), encarga de la clasificación de las categorías de materias infecciosas sobre las que se basa la ONU para establecer los criterios de transporte de mercancías peligrosas, ha clasificado el virus SARS-CoV-2, como Categoría B excepto para cultivos, clasificados en la categoría A.
Los desechos médicos con restos de sustancias infecciosas derivados del tratamiento médico, es decir, los de categoría B, se asignan a la nomenclatura ONU 3291 que se transportan en pequeños embalajes o contenedores.
Al respecto, España suscribió el pasado 23 de marzo el Acuerdo Multilateral M317 [2], que tiene por objeto definir las condiciones del transporte por carretera de los materiales de desecho clínicos sólidos, clasificados como sustancias infecciosas de categoría A, para su destrucción final.
Servicio público urgente y esencial
Por tanto, para el transporte de estos residuos de materias infecciosas y minimizar los riesgos se deben utilizar embalajes homologados que cumplan las normativas de transporte de la ONU, distinguiendo el transporte de muestras para diagnóstico, investigación, o reutilización de equipos médicos, del destinado a contener residuos para su destrucción.
La Organización de Naciones Unidas (ONU) indicaba el pasado 24 de marzo en comunicado de prensa sobre el programa para el medio ambiente [3] que:
“Los gobiernos deben considerar la gestión de residuos, un servicio público urgente y esencial en el marco de la pandemia del COVID-19 con el fin de minimizar posibles impactos secundarios sobre la salud y el medio ambiente” (…) “La gestión eficaz de los desechos biomédicos y hospitalarios requiere de un proceso apropiado de identificación, recolección, separación, almacenamiento, transporte, tratamiento y eliminación de los residuos, así como de aspectos asociados importantes que incluyen la desinfección, y la protección y capacitación del personal”.
Materias infecciosas
Pero, ¿qué entendemos por materias infecciosas? Para los fines de su transporte como mercancía peligrosa [4], son materias de las que se sabe o de las que hay razones para creer que contienen agentes patógenos. Los agentes patógenos se definen como microorganismos y otros agentes que pueden provocar enfermedades a los animales o a los seres humanos.
Estas materias infecciosas se dividen en dos categorías:
Categoría A: materia infecciosa que se transporta en una forma que, al exponerse a ella (se desprenda de su embalaje protector y entre en contacto físico), es capaz de causar una incapacidad permanente o una enfermedad mortal o potencialmente mortal para seres humanos o animales, hasta entonces, con buena salud.
Categoría B: Una materia infecciosa que no cumple los criterios para su inclusión en la categoría A.
Los desechos que contengan materias infecciosas de la categoría A se asignarán a los números ONU 2814, 2900 o al número ONU 3549, según corresponda. Los desechos médicos o desechos clínicos que contengan materias infecciosas de la categoría B, se asignarán al número ONU 3291. Los embalajes que contienen estos residuos se identificarán del siguiente modo:
- UN 2814 “SUSTANCIA INFECCIOSA PARA EL SER HUMANO”.
- UN 2900 “SUSTANCIA INFECCIOSA PARA LOS ANIMALES”.
- UN 3291 “DESECHOS CLÍNICOS, N.E.P.” o “DESECHOS (BIO)MÉDICOS, N.E.P.”, o “DESECHOS MÉDICOS REGULADOS, N.E.P.”
- UN 3549 “DESECHOS MÉDICOS, DE CATEGORÍA A, QUE AFECTAN A LAS PERSONAS”, sólidos o “DESECHOS MÉDICOS, DE CATEGORÍA A, QUE AFECTAN A LOS ANIMALES” únicamente, sólidos [5]
Ensayos de aprobación de tipo (homologación)
Los embalajes deben someterse a pruebas y certificarse para satisfacer los criterios de rendimiento y técnicos que permitan transportarse con total seguridad. De este modo, los requisitos técnicos que deben cumplir estos embalajes se indican en las instrucciones de embalaje asignadas a cada número ONU en las reglamentaciones correspondientes.
Para los residuos clínicos del número ONU 3291, las instrucciones de embalaje posibles son la P621, IBC620, LP621. La más común de aplicación es la P621 para embalajes de menos de 400 Kg., de masa neta, que se reproduce a continuación:
Las pruebas que deben llevarse a cabo se describen en las reglamentaciones modales internacionales de mercancías peligrosas en vigor (ADR, RID, IMDG, OACI, IATA) [7], e idénticas para todas ellas.
Los residuos médicos o residuos clínicos sólidos asignados al número ONU 3291 corresponden al grupo de embalaje II (mercancías peligrosas de peligrosidad media) por lo que los embalajes para estos residuos sólidos tienen que ser aptos a las siguientes pruebas:
Prueba de caída: siendo la altura de caída de al menos 1,2 metros sobre una superficie resistente, horizontal, plana, maciza y rígida.
Si las muestras tienen forma de caja, consiste en 5 caídas con 5 orientaciones distintas, de plano sobre el fondo, de plano sobre la parte superior, de plano sobre el lado más largo, de lado sobre el lado más corto y sobre la esquina que más probabilidades tenga de fallo. Esta esquina suele ser una de las de la tapa, ya que la energía de impacto tiene más probabilidades de abrir dicho cierre y verter el contenido.
Si la muestra tiene forma de bidón, serán 6 el número de caídas en las siguientes posiciones: 3 sobre reborde de la base con el centro de gravedad en la vertical del punto de impacto y otros 3 sobre otra parte vulnerable del envase, habitualmente diagonalmente sobre su parte superior (normalmente el cierre, véase imagen 2) o en algunos casos de plano sobre el costado.
Cualquier derrame o posibilidad de derrame (abertura o ruptura del embalaje) tras el impacto, hace que el mismo sea no satisfactorio. Se permite una ligera pérdida en el justo momento del impacto, siempre que tras el mismo no se produzca más pérdida de contenido.
Según el material del embalaje son de aplicación acondicionamientos previos: para materiales plásticos se necesita someter previamente a los embalajes de ensayo a temperaturas iguales o inferiores a -18° C, que provoca que el plástico se rigidice y en una caída hay más probabilidad de rotura.
Si el embalaje es una caja de cartón el acondicionamiento previo es someterlo durante al menos 24 horas a 23°C y 50% de humedad relativa.
Prueba de apilamiento: la muestra se somete, durante 24 horas, a una fuerza aplicada sobre su superficie superior equivalente a la masa total de los bultos idénticos que pudieran apilarse encima de la muestra durante el transporte. La altura mínima de la pila, comprendida la de la muestra, debe ser de 3 m.
Para las pruebas de apilamiento solo se necesita un acondicionamiento previo si se trata de cajas de cartón y será también de 24 horas a 23°C y 50% de humedad relativa.
Los embalajes más comunes para estos residuos hospitalarios no punzantes son jerricanes (cuñetes) o bidones plásticos para sólidos con capacidades de 30 y 60 L.
Otros embalajes como cajas de diferentes materiales son posibles si pasan las pruebas, a condición que dispongan de cantidad suficiente de materia absorbente (por ejemplo guata) para absorber la totalidad del líquido presente y que el embalaje sea por sí mismo apto para retener líquidos, es decir que disponga de bolsa o recubrimiento interior que lo haga estanco.
Como se ha indicado, el Laboratorio de Mercancías Peligrosas de AIDIMME está acreditado por ENAC según UNE-EN ISO/IEC 17025:2017 para la realización de los ensayos necesarios para la aprobación de tipo de embalajes destinados a contener materias infecciosas (Clase 6.2).
Como requisito adicional en el caso que se trate de recipientes destinados a contener objetos cortantes o puntiagudos, como cristales rotos, agujas, bisturís, etc., estos envases deben ser resistentes a perforaciones. Esta cualidad se puede evidenciar si se prueba según la Norma UNE-EN ISO 23907. Protección contra lesiones por perforación. Requisitos y métodos de ensayo. Recipientes para objetos punzantes. Apartado 5.3.
Por tanto, los desechos médicos conteniendo sustancias infecciosas de la Categoría A se asignan al nuevo número ONU 3549, ajustándose de esta forma al citado Acuerdo Multilateral M317 suscrito por España, con las excepciones previstas.
Además, el embalaje debe cumplir los criterios del Grupo de Embalaje I (mercancías muy peligrosas), y respecto a los ensayos a realizar son también los de caída, aunque la altura sería de 1,8 m., apilamiento, y otros requisitos adicionales en la instrucción de embalaje indicados en citado Acuerdo.
[1] Acreditación nº: 13/LE027.
[2] Acuerdo multilateral 317 – BOE nº 100 de 10 de abril 2020.
[3] Comunicado OMS: La gestión de residuos es un servicio público esencial para superar la emergencia de COVID-19 – 24 de marzo de 2020
[4] ADR 2019. Acuerdo Europeo para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.
[5] UN Recommendations on the Transport of Dangerous Goods – Model Regulations Twenty-first revised edition.
[6] ·3H2: Código que identifica a un jerricán o cuñete de plástico con tapa móvil. La masa neta máxima para los jerricanes es de 120 Kg., y 60 Ltrs., de capacidad.
[7] Reglamentaciones modales. Según el medio de transporte: carretera ADR, ferrocarril RID, Marítimo IMDG, aéreo OACI-IATA.
[8] ·1H2: Código que identifica a un bidón de plástico con tapa móvil. La masa neta máxima para los bidones es de 400 Kg., y 450 Ltrs., de capacidad.
Si desea más información contacte con AIDIMME
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