Programa Tecnológico Aeronáutico
Alerta ayudas y subvenciones
El Programa Tecnológico Aeronáutico (PTA) tiene por objeto la financiación de iniciativas estratégicas intensivas en I+D realizadas por una agrupación de empresas, que tengan como objetivo contribuir al desarrollo de tecnologías relevantes de aplicación en el ámbito aeronáutico.
De forma más concreta, se persigue reducir significativamente el impacto medioambiental en las tecnologías aeronáuticas, aumentando la eficiencia de las futuras aeronaves y reduciendo las emisiones contaminantes del transporte aéreo, sin olvidar otros retos tecnológicos estratégicos como sistemas, UAS o fabricación inteligente y avanzada.
Ficha técnica del programa PTA
Título | Programa Tecnológico Aeronáutico (PTA) |
Descripción: | Extracto de la Resolución 21 de marzo de 2023 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas al “Programa Tecnológico Aeronáutico”, del Programa Estatal para Catalizar la Innovación y el Liderazgo Empresarial del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. |
Organismo: | MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN CDTI |
Publicado en: | «BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 2023 |
Links: | Link: https://www.boe.es/boe/dias/2023/03/28/pdfs/BOE-B-2023-9091.pdf Bases: https://www.boe.es/boe/dias/2022/04/30/pdfs/BOE-A-2022-6991.pdf |
Objeto: | Apoyo a proyectos de I+D empresarial en cooperación, en tecnologías aeronáuticas, que contribuyan a alcanzar algunos de los retos identificados en relación con: Tecnologías enfocadas a la reducción de emisiones: avión cero emisiones, UAS, Sistemas y Fabricación inteligente y avanzada: Digitalización. |
Beneficiarios: | Agrupaciones de empresas en dos categorías: – PTA Grandes Empresas: Agrupación constituida por entre 3 y 6 socios, de los cuales al menos uno ha de ser PYME y liderada por una Gran Empresa. Al menos dos de las empresas deben ser autónomas. – PTA PYMES: Agrupación constituida por entre 2 y 4 socios, todos ellos PYME, y liderada por una PYME (no microempresa). Al menos dos de las empresas deben ser autónomas. Las agrupaciones no tendrán personalidad jurídica, por lo que uno de los participantes actuará como coordinador o representante. Con carácter previo a la formulación de la solicitud, los miembros de la agrupación deben suscribir un acuerdo interno que regule su funcionamiento. |
Cuantía: | El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 41.669.022 euros. De este presupuesto se reservarán 8.000.000 euros para proyectos PTA PYMES. El presupuesto podrá ser incrementado hasta los 40 M euros adicionales si se produce un aumento del crédito disponible. |
Características de la ayuda: | Subvención hasta los límites de intensidad máximos: 65% Gran Empresa, 75% Mediana Empresa y 80% Pequeña Empresa. Para cada proyecto y beneficiario, el límite de intensidad de ayuda vendrá dado por el peso de cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental) y por la intensidad máxima que corresponda en cada caso. |
Características de los proyectos: | Proyectos plurianuales desarrollados en cualquier CCAA española. PTA Grandes Empresas: Presupuesto elegible mínimo de 3.500.000 euros y máximo de 12.000.000 euros. Presupuesto mínimo elegible de 500.000 euros para empresas grandes y medianas; 250.000 euros para pequeñas empresas. Duración: los proyectos deberán finalizar el 30 de junio de 2025. PTA PYMES: Presupuesto elegible mínimo de 1.500.000 euros y máximo de 5.000.000 euros. Presupuesto mínimo elegible por empresa de 200.000 euros. Duración: los proyectos deberán finalizar el 30 de junio de 2025. Distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto. Ninguna empresa autónoma de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas podrá superar el 60% del presupuesto elegible del proyecto. |
Plazos: | El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el día 4 de abril y finalizará el día 16 de mayo. |
Más información: | CDTI: https://www.cdti.es/index.asp?MP=100&MS=924&MN=2&TR=C&IDR=3187 |
Para más información contacte con AIDIMME.
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