Ayudas CDTI para nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC)
Título: Ayudas CDTI para nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC).
Programa: Programa NEOTEC.
Organismo convocante: MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES.
Organismo colaborador: CDTI-CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLOGICO INDUSTRIAL
Descripción oficial: Extracto de la Resolución de 3 de abril de 2024 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC)
Publicado en: BOE Nº 84 del 05/04/2024
Link Extracto: https://www.boe.es/boe/dias/2024/04/05/pdfs/BOE-B-2024-12121.pdf
Link Bases: https://www.boe.es/boe/dias/2022/04/30/pdfs/BOE-A-2022-6991.pdf
Objetivo: Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor (en adelante doctor/es) a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento. Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial.
Beneficiarios: Pymes
Ámbito Geográfico: Nacional
Tipo de ayuda: Subvención
Dotación presupuestaria: 20.000.000 €
Características y condiciones: Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, sin contar la formación prevista en el Anexo II de la presente convocatoria, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por entidad beneficiaria. En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo I, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, sin contar la formación prevista en el Anexo II de la presente convocatoria, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por entidad beneficiaria. Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en el Anexo II.
Cuantía subvencionable: La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.
Gastos subvencionables: Se financiarán los gastos destinados a la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo de este. En concreto, se podrán financiar los siguientes gastos: Inversiones en equipos, gastos de personal, materiales, colaboraciones externas / asesoría y otros costes como: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros, así como gastos de promoción y difusión y gastos de formación, y gastos derivados del informe de auditor.
Condiciones especiales: Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse el 1 de enero de 2025, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2025, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2026, si el proyecto tiene una duración de dos años.
Plazo inicio presentación: 2024-04-10
Plazo fin presentación: 2024-05-10
Observaciones plazos: La presentación de la documentación justificativa se realizará entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año inmediato posterior al de la realización de la actividad. Si se ha autorizado una prórroga del periodo de ejecución, el plazo para justificar será de tres meses a contar a partir de la fecha de finalización de la ampliación del periodo de ejecución.
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