Convocatoria de ayudas al impulso de la economía circular para el año 2024
Título: Convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular para el año 2024.
Fecha de solicitud: del 01/07/2024 al 16/08/2024.
Organismo convocante: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO.
Descripción oficial: Extracto de la Resolución de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas al impulso de la economía circular para el año 2024.
Publicado en: BOE del 27/06/2024.
Link Resolución: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/770165
Link Extracto: https://www.boe.es/boe/dias/2024/06/27/pdfs/BOE-B-2024-24054.pdf
Objetivo: La finalidad de estas ayudas es fomentar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales para mejorar la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular, que supere el anterior modelo de producción lineal.
Beneficiarios: Pymes.
Ámbito Geográfico: Nacional.
Tipo de ayuda: Subvención.
Dotación presupuestaria: 26.864.000€
Características y condiciones: Actuaciones subvencionables: a) Reducción del consumo de materias primas vírgenes mediante, al menos, una de las opciones que se establecen en la convocatoria. b) Investigación, desarrollo e innovación para mejorar el ecodiseño de los productos con el fin de alargar su vida útil y mejorar su reciclabilidad mediante, al menos, una de las opciones que se indican en de la convocatoria. c) Mejora de la gestión de residuos con las especificaciones establecidas en la convocatoria. d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas que, en base a los sistemas de información, plataformas, servicios de internet de las cosas, big data, redes de conectividad, inteligencia artificial, impresión 3D y/o tecnología blockchain, permita alcanzar los objetivos y condiciones técnicas indicadas en la convocatoria.
Cuantía subvencionable: La ayuda que se conceda en el marco de la convocatoria revestirá la forma de subvención y tendrá una cuantía total máxima en su conjunto para el total de la inversión de 10.000.000 de euros por proyecto y entidad, y un importe mínimo de 100.000 euros por proyecto y entidad, excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización, que tendrán una cuantía máxima de 5.000.000 de euros.
Gastos subvencionables: – aquellos que, de manera indubitada, estén relacionados con la actividad objeto de la ayuda. – los gastos, para ser subvencionables, deberán estar a nombre del beneficiario. – no serán admisibles los gastos contraídos antes de la fecha de solicitud de la ayuda. – gastos de personal. – asistencia o servicios externos. – investigación, patentes. – inversión en equipos, software.
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