Ayudas para la fabricación de material sanitario por la crisis del COVID-19
- El Ministerio de Industria destina 11 millones de euros en subvenciones a empresas que inviertan en la fabricación de productos sanitarios relacionados con el COVID-19.
- Se apoyará la producción de dispositivos médicos y equipos y material sanitario y de protección individual, y productos como principios activos, sustancias químicas, medicamentos, u otros productos, que sean considerados de emergencia.
La Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa está implementando diversas acciones encaminadas a impulsar una oferta nacional de producción industrial de equipos de protección y material y equipos sanitarios, así como alternativas de fabricación nacional para las sustancias, con restricciones en el mercado, ingredientes en la fabricación de hidrogeles de mano y desinfectantes, que permita, al menos en parte, solventar la escasez mundial y asegurar, en el futuro más próximo, la satisfacción de las necesidades de España en estos ámbitos.
Para ello, se establece un nuevo programa que apoye, mediante subvenciones, a entidades privadas con personalidad jurídica propia que lleven a cabo proyectos para la producción industrial orientada a cubrir las necesidades generadas a partir de la crisis sanitaria del COVID-19, para actuaciones de las siguientes tipologías:
- Establecimiento de nuevas instalaciones para la producción de los productos anteriormente reseñados.
- Expansión de sus estructuras existentes que producen dichos productos.
- Conversión de líneas de producción existentes a tal efecto.
Beneficiarios
Podrán acogerse a la ayuda establecida en esta orden las entidades privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España, y que vayan a desarrollar un proyecto de los establecidos en el artículo 1 de la orden para la producción industrial de dispositivos médicos y equipos y material sanitario y de protección individual y aquellos otros productos, como principios activos, sustancias químicas, medicamentos, u otros productos, que sean considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19, entre otros:
- Mascarillas quirúrgicas, de tipo II y IIR
- Mascarillas de protección individual FFP2 y FFP3.
- Kits PCR diagnóstico COVID-19 y sus consumibles.
- Kits de diagnóstico rápido (detección de antígeno).
- Hisopos.
- Gafas de protección.
- Guantes de nitrilo, con y sin polvo.
- Batas desechables e impermeables.
- Soluciones hidroalcohólicas (biocida y cosmético) y sus materias primas.
- Equipos y dispositivos de ventilación mecánica invasiva (VMI).
- Fungibles o consumibles de equipos de VMI.
- Alcoholes sanitarios.
- Clorhexidrina.
Los productos deberán ser fabricados en territorio nacional y deberán cumplir los requisitos establecidos por las autoridades sanitarias.
Características
Los apoyos financieros a la reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial tendrán la forma de subvención.
Las características de las ayudas serán las siguientes: El importe máximo de la ayuda a conceder para todos los tipos de inversión será del 80 por ciento sobre el presupuesto financiable.
Se establecen además los siguientes importes máximos de ayuda por partida financiable:
- 80 por ciento sobre el presupuesto financiable de la partida de Aparatos y Equipos.
- 80 por ciento sobre el presupuesto financiable de la partida de Gastos de validación técnica.
- 30 por ciento sobre el presupuesto financiable de la partida de Ingeniería de proceso de producción.
- 20 por ciento sobre el presupuesto financiable de la partida de Edificación.
Cada ayuda quedará limitada hasta un máximo de 500.000 euros por entidad jurídica. En caso de que existiera disponibilidad presupuestaria suficiente la ayuda máxima por entidad podría aumentar hasta los 800.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación finalizará el día 30 de julio de 2020.
Para más información contacte con AIDIMME.
Visitas: 1655