Ayudas a proyectos de colaboración público-privada
Título: Extracto de la Orden de 9 de diciembre de 2024 por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 de ayudas a proyectos de colaboración público-privada. BDNS(Identif.):801945.
Plazo de solicitud: 15/01/2025 al 05/02/2025.
Programa: Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027.
Organismo convocante: MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES.
Organismo colaborador: AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN.
Publicado en: BOE el 12/12/2024.
Link Convocatoria:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/801945
Link Extracto: https://www.boe.es/boe/dias/2024/12/12/pdfs/BOE-B-2024-45528.pdf
Link Bases: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-17714
Objetivo: Las ayudas objeto de esta convocatoria tienen como finalidad avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnologías, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule la generación de una masa crítica en I+D+i de carácter interdisciplinar para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tanto en las trayectorias tecnológicas y de innovación de las empresas como en el mercado.
Beneficiarios: Mixto (Empresas y Organismos).
Ámbito Geográfico: Nacional.
Tipo de ayuda: Subvención.
Dotación presupuestaria: 200.000.000€.
Características y condiciones:
– 1. Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de desarrollo experimental en colaboración efectiva por varias entidades beneficiarias, entre las que habrá al menos una empresa y uno o varios organismos de investigación.
– 2. Los proyectos presentados deberán cumplir los siguientes requisitos: . El presupuesto mínimo del proyecto será de 400.000€. . Los proyectos tendrán una duración de tres años y comenzarán su ejecución en la fecha indicada en la solicitud. . El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa. . El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público o privado. . La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto.
Cuantía subvencionable:
INTENSIDAD DE LA AYUDA
– Pequeñas empresas: 60 %.
– Medianas empresas: 50 %.
– Grandes empresas: 40%.
Gastos subvencionables: Podrán ser objeto de ayuda, dentro del concepto de costes directos:
– Gastos de personal.
– Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero («leasing»), mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales, como instrumental, equipamiento …etc.
– Costes de adquisición de material fungible.
– El gasto derivado del informe realizado por un auditor de cuentas.
– Costes de patentes.
– Costes de consultoría de gestión del proyecto.
– Contratos y asistencias técnicas.
– Costes de movilidad.
Condiciones especiales: Las prioridades temáticas contempladas se describen en el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027 y son las siguientes:
1. Salud
2. Cultura, creatividad y sociedad inclusiva
3. Seguridad para la sociedad
4. Digitalización y telecomunicaciones.
5. Industria.
6. Espacio y defensa.
7. Energía y movilidad
8. Alimentación, bioeconomía, recursos naturales, agricultura, clima y medioambiente.
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AIDIMME / I+D / Líneas de I+D
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