Restricciones a la circulación durante el año 2020

Por razones de seguridad vial y de fluidez de la circulación, en concordancia con las fechas en que se prevén los desplazamientos masivos de vehículos, así como por la peligrosidad intrínseca de la carga de ciertos vehículos, se establecen anualmente medidas especiales de regulación de tráfico en el territorio español.

Para el año 2020, estas medidas se encuentran reguladas en la RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2020, del Director General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2020. (BOE nº 18, martes 21 de enero de 2020).

En el ámbito del País Vasco compete a la directora de Tráfico adoptar las citadas medidas especiales de regulación de tráfico, según el Real Decreto 3256/1982, por el que se transfiere a esta Comunidad Autónoma la ejecución de la legislación estatal sobre tráfico y circulación de vehículos. Las restricciones de circulación para el año 2020 se establecen en la RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2019, de la de la Dirección de Tráfico del Departamento de Seguridad, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2020 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.  (BOE nº 312, sábado 28 de diciembre de 2019).

Debido a la transferencia de las competencias en materia de tránsito y circulación de vehículos de motor de la Administración del Estado a Cataluña, ésta Comunidad Autónoma establece las restricciones de circulación que afectan a sus territorios. Las restricciones a la circulación durante el año 2020 no se han publicado todavía, aunque se espera que se publiquen en breve. Las rectricciones hasta dicha publicación se establecen con la prórroga de la Resolución INT/593/2019, de 7 de marzo, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2019 (BOE nº 80, miércoles 3 de abril de 2019).

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Raul Moreno

TECNOLOGÍAS Y PROCESOS • Embalaje y Transporte de Mercancías • Responsable del Laboratorio de Mercancías Peligrosas