Ayudas de la OEPM para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad 2021

Alerta ayudas y subvenciones


La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. continúa impulsando en el ejercicio 2021 la utilización de la Propiedad Industrial por las empresas españolas como herramienta de acceso a los mercados internacionales.

Con tal finalidad ha publicado en el BOE el 10 de mayo de 2021, el extracto de la Resolución de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior para el año 2021.

Descripción:Extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior para el año 2021.
Organismo:Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Publicado en:«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2021
Links:Extracto: https://www.boe.es/boe/dias/2021/05/10/pdfs/BOE-B-2021-23136.pdf
Objetivo:Esta convocatoria consta de dos programas:
Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el Exterior.
Las ayudas se concentran en subvencionar las actividades que presuponen unos costes por pago de tasa en los respectivos países en función de unas cuantías de referencia que se establecen en la convocatoria para cada tipo de actividad realizada en un país o grupo de países.

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas:
Dirigido a estimular la protección nacional de la tecnología a través de patentes o modelos de utilidad con el fin de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de las personas físicas, dichas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.
Beneficiarios:Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el Exterior.
El beneficiario es la persona con domicilio en España que reúna uno de los siguientes requisitos: a) sea una persona física b) sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME) c) sea una gran empresa privada d) sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas:
El beneficiario es la persona con domicilio en España que, reúna uno de los siguientes requisitos: a) Sea una persona física b) Sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME) El solicitante debe haber realizado directamente o a través de un representante tercero alguna de las siguientes actividades: a) la solicitud de un modelo de utilidad español, b) la realización del informe sobre el Estado de la Técnica (IET) para los modelos de utilidad, c) la solicitud de una patente española, d) la realización del informe sobre el Estado de la Técnica (IET) para las solicitudes de patentes españolas, e) la realización del examen sustantivo para las solicitudes de patentes españolas.
Costes:Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el Exterior.
La subvención no podrá superar el 80% de los importes señalados en el Anexo I. En caso de que el solicitante sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME) o sea una persona física, la subvención no podrá superar el 90% de dichos importes.
El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas será de 60.000 euros para cada uno de los solicitantes en esta convocatoria, salvo en el caso de la PYME o las personas físicas, en que el importe máximo individualizado será de 65.000 euros

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas:
La subvención no podrá superar el 90% de los importes señalados en el Anexo II.
El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas será de 65.000 euros para cada uno de los solicitantes en esta convocatoria.
Plazos:El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».


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Carmen Fuertes

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